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Consejos de última hora para reducir la factura fiscal del año | Mercados financieros

Consejos de última hora para reducir la factura fiscal del año | Mercados financieros

Faltan apenas dos semanas para que acabe el año, tiempo suficiente para tomar algunas decisiones con las que reducir la factura de la declaración de la Renta de 2024. Algunas son decisiones sencillas, que se pueden comunicar estos días a la empresa para reducir los rendimientos del trabajo por el que habrá que pagar impuestos. Y otros requieren un poco más de planificación y cálculo, como crear pérdidas de capital para reducir las rentas del ahorro obtenidas en 2024. En cualquier caso, todavía hay tiempo para aprovechar los beneficios fiscales, como los que también se pueden obtener. se obtiene aportando a un plan de pensiones, alquilando una vivienda u optando por la eficiencia energética en el hogar o con la compra de un coche eléctrico. Además, en 2025 el tipo máximo sobre las rentas del ahorro se elevará del 28% al 30%, un aumento que deberían tener en cuenta quienes pretenden acumular importantes plusvalías.

Compensar pérdidas con ganancias

En un año de notables subidas en bolsa, y algunos retrocesos en la renta fija, el inversor puede reducir los beneficios sobre los que pagará impuestos, derivando en pérdidas de capital. Por un lado, puede compensar, por ejemplo, lo que se gana en dividendos y seguros con lo que se pierde en bonos. Y por otro lado, por ejemplo, reducir las plusvalías por la venta de una casa con las pérdidas en bolsa o fondos de inversión. Y si tras compensar pérdidas y ganancias en cada uno de estos bloques -rendimiento del capital (seguros, dividendos y bonos) y plusvalía (bolsa, inmobiliario y fondos)- sigue habiendo rentas negativas, se puede compensar el saldo de ambas partidas, con un límite del 25%. Es decir, lo que se pierde en bonos puede compensar lo que se gana en bolsa. Además, si el inversor tiene una pérdida de capital pendiente de compensar de hace cuatro años o menos, podrá considerar vender un activo con plusvalías latentes antes del 31 de diciembre para no perder definitivamente la opción de reducir el pago de impuestos con ese anterior. pérdida de capital. .

El inversor que vaya a obtener un beneficio muy elevado también debe tener en cuenta que en 2025 la tasa máxima de rentas del ahorro será mayor. Pasará del 28% al 30% para la base liquidable que supere los 300.000 euros. El momento oportuno es otro consejo para cualquiera que se haya beneficiado del repunte de las criptomonedas. Si se piensa vender, puede ser recomendable retrasar esa venta hasta el 1 de enero del nuevo año para diferir el pago de impuestos por un año y medio, ya que la ganancia se incluirá en la declaración de 2025, que se presentará entre Abril y junio de 2026, según recuerdan desde la REAF.

Ingresos del trabajo

Los últimos días del año son el momento propicio para confirmar con la empresa o solicitar por primera vez el cobro en especie de algún rendimiento del trabajo que esté exento de impuestos. Así, es posible acordar con la empresa recibir el bono de cuidado de niños, seguro médico o bono de alimentación. De esta forma, se reducirá la cantidad de desempeño laboral por el cual el empleado paga impuestos. En el caso de los seguros de salud, es necesario que el tomador del seguro sea la empresa que otorga dicha compensación al trabajador.

Planes de pensiones

La aportación a planes de pensiones es un recurso clásico para reducir la base imponible de la declaración del Impuesto sobre la Renta. El ahorrador puede aportar hasta 1.500 euros a un plan de pensiones individual y el máximo que se podrá deducir será la menor de estas dos cantidades: esos 1.500 euros al año o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Además, se podrán realizar aportaciones de hasta 8.500 euros a planes de pensiones de empleo, computando para este límite la cantidad aportada por el trabajador y la aportada por la propia empresa. El dinero que un trabajador podrá aportar a su plan de empleo dependerá, de hecho, de lo que aporte su empresa y de la aplicación de determinados coeficientes. Y esta cuantía de aportación al plan por parte del empleado sólo puede superar la de la empresa cuando el salario no sea superior a 60.000 euros.

Por ejemplo, en el caso de un trabajador con unos ingresos del trabajo inferiores a 60.000 euros, y al que la empresa le ponga 500 euros anuales en su plan de empleo, podrá realizar aportaciones de su bolsillo al vehículo inversor. por 1.250 euros. Es el resultado de aplicar un coeficiente de 2,5 a los 500 euros. Así, el total que se computará dentro del límite de las 8.500 aportaciones a los planes de empleo será de 1.750 euros: los 500 euros que aporta la empresa más los 1.250 euros que aporta el trabajador.

En el caso de los autónomos, pueden aportar 1.500 euros a su plan de pensiones individual y, adicionalmente, pueden complementar el ahorro a través de un plan de pensiones de empleo simplificado, con aportaciones de hasta 4.250 euros.

El rescate del plan de pensiones exige también una planificación financiera para aprovechar al máximo determinados beneficios fiscales, sin olvidar que los rendimientos tributarán no en función de las rentas del ahorro sino de las rentas del trabajo. Quien se haya jubilado en 2022 y aún no haya rescatado su plan de pensiones tiene hasta finales de este año para reembolsarlo total o parcialmente en forma de capital, lo que le dará derecho a una reducción del 40% pero sólo sobre el importe. de la pensión. beneficio correspondiente a aportaciones realizadas con anterioridad a 2007. Si te has jubilado este año, tendrás tiempo de rescatar el plan en forma de capital, beneficiándote de esa reducción del 40% hasta el 31 de diciembre de 2026.

Alquiler de vivienda

Alquilar una casa para utilizarla como residencia habitual tiene ventajas fiscales para el arrendador. De entrada se pueden deducir gastos como el pago de la aportación, la comunidad de vecinos o las obras de mejora, por lo que si hay que pintar la casa o realizar alguna obra es recomendable hacerlo antes de finalizar. del año para reducir la renta neta que estará sujeta al pago de impuestos.

Por su parte, el arrendador puede disfrutar de una reducción en su declaración del IRPF del 60% de la renta si el contrato se firmó antes del 26 de mayo de 2023. Pero si se ha realizado un nuevo contrato de alquiler en 2024, deberá tener en cuenta que la reducción pasa a ser del 50% con carácter general. Puede ser mucho mayor si la vivienda está en una zona declarada tensionada, algo que actualmente sólo ocurre en Cataluña y puntualmente en el País Vasco. Así, en zonas tan tensionadas la reducción podrá ser del 90% si el mismo arrendador firma un nuevo contrato con una reducción del alquiler de al menos el 5% respecto al contrato anterior. Y si no se cumple este requisito, la reducción se queda en el 70% al alquilar por primera vez una vivienda en una zona tensionada a un inquilino de entre 18 y 35 años.

Residencia habitual

La deducción por la compra de vivienda habitual fue durante mucho tiempo el beneficio fiscal estrella de la declaración del IRPF. Ahora sólo lo disfrutan quienes compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013, quienes pueden deducirse el 15% del importe pagado en la hipoteca durante el año, de un máximo de 9.040 euros. Es decir, la reducción fiscal máxima es de 1.356 euros. Así, quien tenga la opción de este beneficio fiscal todavía está a tiempo de amortizar anticipadamente y reducir el límite de 9.040 euros. La REAF recuerda que, según un nuevo criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central, si el propietario no aplicó la deducción antes de 2013 por no estar obligado a presentar la declaración o por falta de cuota, ello no le impide aplicándolo en los ejercicios posteriores.

Si vendió su vivienda principal este año, la ganancia está exenta siempre que se reinvierta en la compra de una nueva vivienda para vivir dentro de los dos años posteriores a la fecha de venta. También están exentos los beneficios obtenidos por la venta de la vivienda habitual por contribuyentes mayores de 65 años y también por personas muy dependientes o muy dependientes.

Eficiencia energética

Si este año se ha trabajado en casa para mejorar la eficiencia energética, o en alguna que se alquila con el mismo fin, deberás asegurarte de tener el correspondiente certificado de eficiencia energética antes del 31 de diciembre para poder beneficiarte de importantes deducciones. Por algo tan básico como cambiar cristales, podrás disfrutar de una deducción de entre el 20% y el 40% del gasto, en función del ahorro energético conseguido y siempre que el pago no sea al contado. Así, la deducción es del 20% hasta un máximo de 5.000 euros para obras que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, como, por ejemplo, la sustitución de ventanas por doble acristalamiento o el cambio de una caldera. por otro de biomasa. La deducción aumenta hasta el 40% si las obras permiten un ahorro energético del 30% que mejore la calificación energética de la vivienda hasta una clase energética A o B, como por ejemplo el aislamiento térmico en paredes o falsos techos, la instalación de Sistemas de calefacción o refrigeración por aerotermia.

coche electrico

Si estás pensando en cambiar de vehículo, puede ser recomendable adquirir un nuevo vehículo eléctrico enchufable antes del 31 de diciembre, lo que te permite beneficiarte de una deducción del 15% en la compra, con una base máxima de 20.000 euros. La deducción no se aplica a los vehículos denominados “kilómetro cero” y el precio de compra no puede superar los 45.000 euros sin IVA. Otra posibilidad de reducir la factura fiscal es instalar sistemas de carga de baterías de vehículos eléctricos en el hogar antes del 31 de diciembre para uso particular, no vinculado a una actividad económica. Se podrá deducir el 15%, con una base máxima anual de 4.000 euros.

REAF también recuerda que los empresarios o profesionales que se planteen adquirir un vehículo eléctrico deben hacerlo antes de final de año, ya que las compras de estos vehículos realizadas durante 2024 permiten su libre amortización, lo que reduce el retorno neto de las actividades económicas.

Donaciones

El atractivo fiscal de las donaciones ha aumentado en 2024 y se reflejará en la declaración del impuesto sobre la renta del año. Las aportaciones a asociaciones sin ánimo de lucro permiten una deducción del 80% de los primeros 250 euros y del 40% sobre el resto del dinero que se haya donado, que antes era del 35%. Además, si en los dos últimos años se ha donado a la misma entidad una cantidad igual o superior a la del año anterior, la cantidad que supere los 250 euros tendrá una deducción del 45%.

En Gestha recuerdan que las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden aportar algún beneficio adicional al contribuyente, ya que suponen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros. Además, de los rendimientos del trabajo se deducen las cuotas sindicales y de colegios profesionales -aunque estas últimas con un límite de 500 euros-, así como los gastos de defensa jurídica por litigios en la relación laboral con un límite de 300 euros anuales.

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