Este miércoles arrancó oficialmente la Campaña de Declaración de la Renta 2023. La Agencia Tributaria estima que durante este año devolverá 11.650 millones de euros, un 1,8% menos que en 2022, mientras espera registrar una recaudación récord de 7.250 millones de euros, un 45% más que hace un año. Para sacar el máximo partido a la Declaración, los contribuyentes deberán tener en cuenta a la hora de solicitar un borrador que, dependiendo de la Comunidad en la que residan, podrán incluir determinadas deducciones autonómicas que se presentan como novedad en esta campaña.
Como ya ocurría con las ayudas a la compra de un vehículo eléctrico, donde varias Comunidades Autónomas tienen sus propias deducciones compatibles con la estatal, hay dos comunidades autónomas que presentan una novedad importante en la Renta 2023: Es posible deducir gastos derivados del gimnasio y otras actividades como el fisioterapeuta, nutricionista o entrenador personal..
Comunidad Valenciana y La Rioja Son las dos autonomías que ofrecen esta opción a sus contribuyentes como incentivo para fomentar el ejercicio físico y la práctica de actividades saludables. Las ayudas pueden alcanzar hasta los 300 euros en función de una serie de requisitos que deberán cumplir los solicitantes.
¿Cómo llegar al gimnasio en La Rioja?
En La Rioja, el contribuyente Se podrá deducir el 30% de los gastos. derivados de gimnasios e instalaciones deportivas, de entidades inscritas en el Registro de Deportes de La Rioja, de aulas para la práctica de deportes o educación física y también de licencias federativas emitidas por una federación riojana.
En el caso del Personas mayores de 65 años y personas con discapacidad igual o superior al 33%, se podrá deducir el 100% de los gastos. de los servicios anteriores. No obstante, el límite máximo de deducción aplicable será 300 euros al año.
Asimismo, la normativa establece que estas actividades deberán haber sido realizadas en el período impositivo correspondiente (2023) y en el ámbito territorial de La Rioja. Asimismo, el contribuyente Deberá presentar factura para justificar la deducción. y, en el caso de que varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades pagadas y su límite se prorratearán en partes iguales.
Menos ayuda pero más actividades en Valencia
Por su parte, en la Comunidad Valenciana también es posible deducir los gastos asociados a la práctica de deportes. En este sentido, los contribuyentes Se puede deducir el 30%. de las cantidades pagadas en el período impositivo 2023. Si el declarante es mayores de 65 años o tener una discapacidad igual o superior al 33%, el porcentaje de deducción asciende al 50%mientras Si tienes más de 75 años o tienes una discapacidad igual o superior al 65%, la deducción será del 100%. En el caso de esta comunidad, el límite máximo de la deducción será 150€.
Puedes deducir el tasas para gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivasgrupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, grupos de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y corporaciones deportivas.
A diferencia de La Rioja, en Valencia los gastos de adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica de deportes federados, servicios de entrenamiento personal, así como servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en dietética.
Estas deducciones serán aplicables a los contribuyentes cuya suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro es inferior a 29.000 euros, en tributación individual, o 45.000 euros, en tributación conjunta.
Cuando la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente esté comprendida entre 29.000 y 32.000 euros, en tributación individual, o entre 45.000 y 48.000 euros, en tributación conjunta, los límites de la deducción serán los siguientes:
- En tributación individualel resultado de multiplicar los límites de la deducción por un porcentaje obtenido aplicando la siguiente fórmula:
100 x (1 – coeficiente resultante de dividir por 3.000 la diferencia entre la suma de la base imponible general y el ahorro de la unidad familiar y 29.000).
- En tributación conjuntael resultado de multiplicar los límites de la deducción por un porcentaje obtenido aplicando la siguiente fórmula:
100 x (1 – coeficiente resultante de dividir por 3.000 la diferencia entre la suma de la base imponible general y el ahorro de la unidad familiar y 45.000).