El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha admitido a trámite el recurso presentado por un particular contra la «inactividad» de la Generalitat Valenciana y de la Agencia de Seguridad y Emergencias en relación con la DANA.
Según ha informado esta tarde el TSJ valenciano, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso de este tribunal ha dictado un decreto por el que acuerda admitir a trámite el recurso presentado por un particular contra, como dice literalmente dicho recurso, “inactividad de la Presidencia de la Generalitat Valenciana y de la propia Agencia de Seguridad y Emergencias de la Generalitat en relación con dana”.
De conformidad con la ley, el TSJ valenciano ha acordado reclamar los expedientes administrativos a los responsables. Además, da a las “corporaciones demandadas” un plazo de nueve días para que “puedan presentarse ante el tribunal” como “imputadas”.
El recurso fue presentado por el abogado valenciano Curro Nicolau. Nicolau es un abogado que durante la pandemia interpuso decenas de recursos y reclamaciones ante los tribunales relacionados con la pandemia. Muchas de ellas fracasaron y resultaron en el respaldo judicial de la Corte Suprema a las restricciones de movilidad del gobierno central. Nicolau también presentó otro recurso contencioso-administrativo ante la Corte Suprema “por inactividad del Gobierno (central) en la gestión de la catástrofe de la DANA”.
En su escrito al TSJ de la Comunidad Valenciana, Nicolau apuntó a la “clara inactividad” de la Generalitat “al no informar adecuadamente a la población y con el tiempo suficiente para minimizar los posibles efectos devastadores del aumento del flujo masivo y fugaz de la ríos. Magro y Rambla del Poyo”. «La inactividad de la Generalitat ha agravado mucho la tragedia ocurrida el 29 de octubre de 2024 y los días siguientes en muchas localidades, y que ha sufrido directamente el propio recurrente», ha afirmado.
Hace dos días, este tribunal remitió al Tribunal Supremo otra demanda interpuesta por una asociación por la «inacción» del Gobierno de Pedro Sánchez ante las inundaciones provocadas por la DANA en la provincia. En este caso fue presentado por la asociación Liberum contra la Delegación del Gobierno en Valencia, por lo que el TSJ valenciano consideró que el órgano competente es el Tribunal Supremo.