Existen numerosos casos en los que un autónomo tiene problemas con la Seguridad Social o Hacienda. Entre ellos está el tema de las deudas por parte de estos trabajadores. Aquí es donde el Agencia Tributaria puede (y actúa) con contundencia para evitar determinadas irregularidades.
los autonomos Tienen la ventaja de que su Los mínimos esenciales para sobrevivir no serán embargados.. Sólo se actúa sobre el salario como tal.. Los trabajadores por cuenta propia no tienen un salario como tal cada mes sino que se gana en función del puesto de trabajo que desempeñan en ese periodo de tiempo.
Así actúa Hacienda
Por tanto, a la hora de apoderarse, sólo se tiene en cuenta el salario netodesconociendo los gastos y costos fijos de la actividad realizada.
«La incautación es una medida de último recurso a disposición de la administración para cobrar deudas generados por diferentes motivos», explican desde Declarando, plataforma de asesoramiento fiscal para autónomos.
«Sin embargo, es importante señalar que Hacienda no procede con el embargo de inmediato, pero Generalmente envía requisitos previos. para dar al contribuyente la oportunidad de regularizar su situación, por lo que es imprescindible que los autónomos estén atentos a las notificaciones que les remita la Agencia Tributaria (AEAT).
Además, la AEAT puede aplicar restricciones a los activos de un negocio, lo que puede dificultar (y en ciertos casos incluso paralizar) su funcionamiento.
¿Cuáles son los motivos por los que Hacienda embarga a los autónomos?
Según Declarando, existen cinco motivos por los cuales los trabajadores por cuenta propia pueden ver embargados sus cuentas o bienes por incumplimiento de obligaciones tributarias.
Uno de los más comunes es el impago del IVA o del IRPF. En este caso, Hacienda tiene un plazo para reclamar la cantidad adeudada y reclama tu ingreso voluntario con los intereses correspondientes. ¿Qué pasa si no se realiza el depósito? Pues bien, la Agencia Tributaria puede proceder a embargar cuentas o bienes de los autónomos por valor de la deuda generada.
Otro motivo tiene que ver con el impago de la sanciones impuestas por la administración tributaria. En esta situación, el embargo irá precedido de la «disposición de ejecución», un aviso notificado por la AEAT en el que se le informa de un plazo concreto para pagar. En caso de no ser eficaz, se incrementará en un 20% más intereses de demora. Si el pago continúa sin ejecutarse voluntariamente, el siguiente paso sería el embargo.
De lo contrario, puede deberse a la declaraciones fraudulentas o inexactas. Sí autoridades fiscales descubre que un trabajador autónomo ha presentado declaraciones de impuestos inexactas o fraudulentas, puede imponer sanciones y confiscar bienes recuperar las cantidades defraudadas.
En el mismo orden, y en caso de que tengamos deudas y como autónomos hemos pactado un fraccionamiento o aplazamiento Con Hacienda, la Agencia Tributaria podrá embargar nuestros bienes si no cumplimos con los plazos establecidos.
Por último, el La Seguridad Social también tiene esta medida para cobrar las cotizaciones impagadas. por parte de los autónomos. Al igual que ocurre con Hacienda, aquellos autónomos que no paguen sus deudas con la Seguridad Social serán reclamados por la vía ejecutiva, lo que implica un aumento de la deuda por recargos e intereses.