Las personas que han sido afectadas por el dana Podrán suspender sus obligaciones de pago de intereses en el caso de que tengan una hipoteca o hayan firmado un contrato de crédito al consumo, con una moratoria de hasta tres meses. También pueden
Así lo ha anunciado el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, quien ha elaborado una guía para aquellas personas que han sido afectadas por la DANA y así informarles de los diferentes supuestos que cubriría el Estado tras el decreto ley aprobado este pasado 5 de noviembre.
En el caso de que el afectado no pueda disfrutar de contratos de prestación o suministro de servicios tales como gas, luz, agua, internet, suscripción a gimnasios, academias o servicios digitalesla ley contempla que, si el consumidor no puede utilizar el bien o servicio, por ejemplo, por la inhabitabilidad temporal de su vivienda o por el desplazamiento temporal de su vivienda, «podrá elegir entre rescisión del contrato, sin ningún tipo de penalizacióno el aplazamiento de su ejecución, no debiendo pagar el servicio durante el período en que no pueda disfrutarse.»
En las cancelaciones definitivas, las posibles cantidades abonadas por servicios no disfrutados deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días.
Según el Ministerio, para ejercer este derecho, El afectado deberá enviar una solicitud a la empresaen el plazo máximo de seis meses, indicando las causas que lo motivan.
Hipotecas ‘suspendidas’
Además, en el caso de que una vivienda sujeta a contrato de arrendamiento haya quedado temporalmente inhabitable, el inquilino deberá comunicarlo al arrendador. Así, indican, El inquilino puede elegir entre «aprovecharse de la suspensión temporal del contratoque incluye la suspensión de la obligación de pagar el alquiler, hasta que la vivienda vuelva a ser habitable una vez realizadas las reparaciones necesarias por parte del arrendador” o “desistir del contrato, sin tener que pagar ningún tipo de penalización”.
Así, tal y como establece el artículo 35 del real decreto-ley, los residentes en las zonas afectadas por la DANA podrán solicitar a la entidad financiera con la que tengan suscrito un contrato de préstamo hipotecario o crédito al consumo una moratoria de hasta tres mesesindependientemente de si se encuentran al corriente de pagos o no, para lo cual suspenderá las obligaciones de pago de intereses y principal durante este período.
Según indica el Ministerio de Derechos Sociales, en el caso de dificultades para ejercer los derechos de desistimiento u otros establecidos contractualmente en relación con productos o servicios contratados ante la DANA, por ejemplo, se suspende el derecho de devolución. El plazo para ejercer estos derechos es hasta el 31 de enero de 2025.