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La Ley de Protección Animal Supera el Último Obstáculo

Con todos los procesos legales resultando en cambios y reformas en el camino entre los diferentes niveles de legisladores, la Ley de Protección Animal ha vuelto a dar un paso más y definitivo esta semana, con el Congreso de los Diputados aprobando la mayoría de los cambios presentados por el Senado. durante su evaluación.

Con cientos de enmiendas en el penúltimo proyecto, el Senado presentó veinte grandes reformas a la ley y los diputados han aprobado una decena. Ya tenemos la normativa completa publicada en el BOE, que entrará en vigor en 6 meses.

Aún así, una cosa que no ha cambiado es que los perros de caza no entran dentro de las regulaciones.

Todos los dueños de perros deben pasar una prueba simple de conocimiento canino. Carlos Alfonso López, del colegio de veterinarios RSCE, explica: “La prueba tendrá tres partes, una sobre cuidados y veterinaria, otra sobre bienestar animal y otra sobre legislación. La idea es que los documentos se puedan descargar y llenar en línea de forma gratuita. Tiene un afán informativo más que restrictivo”. Además, quienes cuiden a un perro deberán disponer de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, una regulación similar a la que ya existe en comunidades como Madrid y País Vasco. Según estimaciones del sector, para perros pequeños pueden oscilar entre los 20 y los 50 euros al año, mientras que las pólizas para perros peligrosos —ya obligatorias— oscilan entre los 50 y los 100 euros al año; Muchos seguros de hogar ya incluyen este tipo de coberturas.

También se elimina por completo la prohibición de que las personas sin hogar tengan mascotas.

Otra novedad importante es que la lista de 8 razas de perros potencialmente peligrosas (PPP) ya no está derogada, lo que significa que, una vez más, ciertas razas de perros tendrán que llevar bozal y correa corta cuando estén fuera de casa. Se planeó que se evaluara a los dueños, en lugar de a los perros, ya que clasificar por raza parecía injusto para muchos. Esta actitud permanece.

Se aprueba la prohibición de dejar a una mascota sin vigilancia durante más de 3 días consecutivos. En el caso de los perros, este tiempo se reduce a 24 horas.

Quienes tengan especies fuera de la ‘Lista Positiva de Animales de Compañía’ tendrán un plazo de 6 meses para avisar a las autoridades y adaptarse a las medidas que se contemplan para su tenencia. Esta lista sigue pendiente.

La nueva ley prohibirá expresamente la “comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales”. La venta de animales más pequeños seguirá estando permitida en las tiendas de mascotas, y esas tiendas pueden actuar como centros de adopción. Asimismo, se prohíben prácticas violentas y vejatorias como “tener perros y gatos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos” o “llevar animales atados a vehículos a motor en marcha”.

De igual forma, la norma también contempla la implementación de mecanismos para el control de la cría y venta de animales. Con carácter general, se prohibirá a los particulares el ejercicio de esta actividad, que sólo podrán iniciar “personas debidamente registradas” en la Administración, que deberán ser profesionales que cumplan con todas las garantías de bienestar animal. Entre estos límites estará, por ejemplo, la limitación del número de camadas que puede tener cada hembra. La multa por crianza irregular de animales con fines comerciales será la correspondiente a las infracciones muy graves: de 50.001 a 200.000 euros.

En el mismo sentido, la utilización de animales salvajes en circos está prohibida en todo el territorio nacional, como ya ocurre en buena parte de las comunidades autónomas, y el incumplimiento de este precepto será considerado infracción muy grave, también con multa de hasta 200.000 euros. En concreto, se sancionará “la utilización de animales en actividades prohibidas, en particular en actividades culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como la utilización de especies de la fauna silvestre en espectáculos circenses”. Y, del mismo modo, quedará expresamente prohibida “la utilización de animales en exhibiciones de belenes, desfiles o procesiones”.

Estos son algunos de los aspectos que se han modificado respecto al texto anterior. Con luz verde del Congreso, la ley ya está lista para su publicación en el BOE y entrará en vigor en 6 meses.



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