El decreto ómnibus aprobado en el Congreso por el PP y Junts anuló la subida de las pensiones, pero también generó una gran inseguridad jurídica en las múltiples medidas que contenía. Uno de ellos es el salario mínimo interprofesional (SMI), cuya ampliación de la cuantía de 2024 también quedó anulada. Ante las interpretaciones de que esta situación deja a España sin salario mínimo desde este jueves, Trabajo ha lanzado una instrucción, a la que ha tenido acceso elDiario.es, que pretende protegerla concluyendo que el suelo salarial de 1.134 euros en 2024 sigue vigente . Además, advierte que la Inspección de Trabajo vigilará este cumplimiento.
Trabajo reconoce que el Gobierno tiene el mandato legal de establecer el salario mínimo cada año, situación que queda pendiente para 2025 dado que el Ejecutivo aún está negociando el aumento con los sindicatos y la patronal. Por ello, había ampliado el monto de 2024 en el decreto ómnibus.
Sin embargo, la instrucción, firmada por la directora general de Trabajo, María Nieves González García, sostiene que “la desaparición de una base legal para contratar por cuenta ajena sería contraria a los principios básicos que rigen la normativa laboral”. Es decir, la desaparición del salario mínimo en España.
El departamento que dirige Yolanda Díaz entiende que ese blindaje del SMI está amparado por las normas nacionales e internacionales. Desde la Constitución española, que reconoce el derecho de los trabajadores «a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia», hasta estándares internacionales como la Carta Social Europea, que también protege este derecho a una «remuneración suficiente».
Fuentes jurídicas consultadas por elDiario.es tienen diferentes interpretaciones sobre qué impacto puede tener la derogación de la prórroga del SMI de 2024. Mientras algunos consideraban que podía dejar a España ante un vacío legal temporal, sin salario mínimo durante unos días, otros entendían que el derecho constitucional a una retribución suficiente impediría que España se quedara sin ese suelo salarial.
Respetar los contratos firmados y también los nuevos.
La Instrucción Laboral señala que, si bien el valor del SMI para 2025 se fija en el marco del diálogo social, “se considera imprescindible entender, a la vista de las normas constitucionales y de los tratados internacionales suscritos por España”, que el salario mínimo La interprofesional sigue desplegando sus efectos, tanto en los contratos ya firmados como en los nuevos que se firman en estos días “vacíos” sin una nueva cuantía del SMI.
En concreto, el documento resuelve que “la desaparición abrupta de la prórroga del SMI 2024 no afecta a los contratos ya en vigor, que no pueden reducir el importe de su salario”, advierte Trabajo. Estas remuneraciones ya están amparadas por el respeto del contrato firmado.
«Con respecto a las nuevas contrataciones que se produzcan en el corto periodo en el que el SMI de 2024 no tenga prórroga expresa y entre en vigor el nuevo SMI de 2025, éstas no deberán tomar referencias salariales inferiores al SMI vigente en 2024», es decir , 1.134 euros brutos mensuales, «ya que los mandatos constitucionales antes reseñados, así como los tratados internacionales suscritos por España, quedarían vacíos de contenido».
La Dirección General de Trabajo añade que fijar salarios por debajo del SMI de 2024 «tampoco sería posible cuando sea consecuencia de la utilización de instrumentos empresariales» como «modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o excepciones a convenios».
El Ministerio de Yolanda Díaz también advierte de que, como cada año, pretende aprobar la subida del salario mínimo correspondiente a 2025 con efectos retroactivos desde el 1 de enero, de modo que pronto todos los contratos firmados quedarán cubiertos por esta legislación. Esta idea fue una de las destacadas este miércoles por la noche por el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, quien envió un mensaje de «tranquilidad» a los trabajadores.
Vigilancia de la Inspección del Trabajo
El Ministerio también advierte a las empresas que estén pensando en firmar contratos inferiores al SMI que recurrirá a la Inspección de Trabajo para preservar el derecho de los trabajadores a esta retribución suficiente.
“Cabe señalar que corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como servicio público, velar por el cumplimiento de las normas de orden social, normas que reconocen los derechos de los trabajadores”, señala la Instrucción.
Entre estos derechos, “el derecho a recibir puntualmente la retribución acordada y a que ésta no descienda del umbral correspondiente en cada momento. Por lo tanto, el citado organismo procederá a verificar el estricto cumplimiento de esta obligación empresarial”, señala Trabajo.