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un abogado explica lo que pasa a partir de ahora

un abogado explica lo que pasa a partir de ahora

23/01/2025

Actualizado a las 14:49

El Gobierno sufrió este miércoles una doble derrota parlamentaria tras derogar el decreto ómnibus. Entre las cuestiones que han caído están las ayudas al transporte, las ayudas a afectados por la DANA, la revalorización de las pensiones o la ampliación del escudo ‘antiopas’.

El decreto del Gobierno incluía cuestiones muy diversas y los votos en contra de PP, Junts y Vox han hecho que ninguna de las medidas salga adelante. Entre todas las medidas que quedan ahora Queda inválida la prórroga que impedía desalojos de personas vulnerables.

En el último Consejo de Ministros de 2024, el Gobierno incluyó la medida de suspender las liberaciones y desalojos de personas declaradas vulnerables hasta el próximo 31 de diciembre. Esto ya no es así, al menos por ahora.

Arantxa Goenaga, abogada experta en derecho inmobiliario y socia de AF Legis, en conversación con ABC analiza el escenario que se abre ahora. El experto señala que, extensión a extensión, la suspensión de los desahucios de estas personas está vigente desde 2020.

¿Qué pasa con los desalojos de personas vulnerables?

A partir de ese año entró en la agenda política, económica y social a través del Real Decreto-Ley 11/2020. Esta norma incluye unos límites en función de los ingresos de la persona, determinados a partir del IPREM, para que pueda ser declararse vulnerable o no. Como recuerda Goenaga, son los servicios sociales los que deben hacerlo. Así, quienes han sido declarados vulnerables quedaron protegidos por la ley.

Con esta situación explica que ahora hay «procedimientos suspendidos desde 2020 por vencimiento de los términos del contrato o por declaración de vulnerabilidad. En otros casos ni siquiera hay sentencia.

Aunque los propietarios podrían solicitar una indemnización hasta enero de 2026, Goenaga explica que algunos propietarios se quejan de que no siempre cubren todos los gastos que hay que afrontar en el caso de una okupación o okupación.

Adiós a la protección legal

Con la decadencia de la norma, ahora pueden comenzar de nuevo el proceso: redactar y presentar los documentos para la expulsión de determinados inquilinos que no pagan sus alquileres.

Otro de los grandes temas en este sentido es el tiempo. Durante estos años, El proceso de expulsión en algunos casos se ha retrasado hasta un año. En este sentido, Arantxa Goenaga recuerda que la enmienda que permitía la realización de actuaciones penales fue rechazada en el Senado por «mala redacción». Es por eso que este tipo de procesos seguirán operando por la vía civil.

El abogado señala que los procesos pueden tardar algunos meses y también la incertidumbre que se maneja ahora ya que se desconoce qué será la evolución: si se va a plantear una nueva ley o la posibilidad de aprobar un nuevo decreto-ley que solo contemple este tema para que vuelva la protección si sale adelante.

La prohibición de los cortes de suministro

Por otro lado, la Ley de Vivienda también habla de la figura de los grandes propietarios -aquellos que poseen más de 10 inmuebles, aunque permite a las comunidades reducirlo a cinco en zonas tensionadas-, en este caso Goenaga destaca que «son todos iguales». «

La diferencia más importante en este sentido es que en el caso de los grandes propietarios, estos tenían que preguntar si la persona que no pagaba el alquiler era una persona vulnerable.

Otra de las medidas que decaen en relación a los consumidores vulnerables es que hasta ahora El corte de suministros fue tipificado como “un delito”. mientras que también queda sin efecto la prórroga de la prohibición de interrumpirlos para consumidores vulnerables hasta el 31 de diciembre de 2025.

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